Determinación de los Usos admitidos para el AREA URBANA - ZONA SUBCENTRO: U/C 7 a y b.
A) CARACTERIZACIÓN: Zona destinada a equipamiento, delegaciones administrativas e instituciones de alcance local o barrial. Concentrador de actividades intermedio entre las zonas centrales y las zonas residenciales.
B) USOS admitidos en los SUBCENTROS URBANOS
I.
HABITACIONAL
a) Vivienda Unifamiliar.
b) Vivienda Multifamiliar.
c) Vivienda Comunitaria.
d) Vivienda Transitoria: d.1) Hoteles.
II.
COMERCIAL
a) Comercios minoristas de comestibles y artículos asociado: a.1) micro
escala; a.2) de pequeña escala.; a.3) de mediana escala.
b) Comercios minoristas en general: b.1) micro escala; b.2) de pequeña
escala; b.3) de mediana escala.
III.
EQUIPAMIENTOS
a) Enseñanza e Investigación: a.1) Educación Inicial; a.2)
Educación Básica; a.3) Educación Complementaria; a.4) Educación
Superior e Investigación.
b) Sanitario:
Equipamientos de salud: b.1) sin internación de pequeña escala;
b.2) de mediana escala.
Atención de animales: b.5) de pequeña escala.
c) Social y Deportivo: c.1) Equipamiento social y deportivo de pequeña
escala.
d) Cultural: d.1) Equipamiento cultural de pequeña escala; d.2) Equipamiento
cultural de mediana escala; d.3) Equipamiento cultural de gran escala.
e) Religioso: e.1) Equipamiento religioso de pequeña y mediana escala;
e.2) Equipamiento religioso de gran escala.
IV.
SERVICIOS
a) Básicos y Generales: a.1) Servicios básicos y generales de
pequeña escala; a.2) Servicios básicos y generales de mediana
escala; a.3) Servicios básicos y generales de gran escala.
b) Centrales: b.1) Servicios centrales de pequeña escala; b.2) Servicios
centrales de mediana y gran escala.
c) Recreativos:
Servicios Recreativos: c.1) de pequeña escala;c.2) de mediana y gran
escala.
Servicios Recreativos con actividades incómodas: c.3) de pequeña
escala.
e) Seguridad: e.1) Servicios de seguridad de pequeña y mediana escala.
f) Servicios del automotor:
f.5) Playas de estacionamiento de uso público y cocheras;
h) Depósitos: h.1) Depósitos 1.
Determinación de la Ocupación y del Parcelamiento para el AREA
URBANA - ZONA SUB CENTROS DEL EJE NOROESTE: U/C 7 b, City Bell y Gonnet y Villa
Elisa.
A)
OCUPACIÓN máxima:
FOS: 0,5
FOT: 0,8
Densidad: 160 hab/ha.
Altura: Metros: 9 Niveles: 3
Retiros: Frente: Obligatorio. Mínimo 3 mts. respecto de la línea
municipal.
Laterales: Obligatorio de 1 eje medianero.
CUF: 1/150 m2. Una unidad funcional cada 150 m2. de superficie de parcela.*
*
La Cantidad de Unidades Funcionales se aplicará sólo a los usos
habitacional y servicios centrales (oficinas).
No se computarán como Unidades Funcionales las que correspondan a otros
usos admitidos en la zona.
B) PARCELAMIENTO mínimo:
con Servicios: Frente: 15 mts.
Superficie: 375 m2. Relación frente / fondo: no inferior a un tercio
(1/3).